9 de febrero de 2017

Ley Orgánica de Comunas


TÍTULO I 
DISPOSICIONES GENERALES 
Objeto
 Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas que regulan la constitución, conformación, organización y funcionamiento de la Comuna, como entidad local, donde los ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio del Poder Popular, ejercen el pleno derecho de la soberanía y desarrollan la participación protagónica mediante formas de auto gobierno para la edificación del Estado Comunal, en el marco del Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia.

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